Ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización, y al desarrollo de nuevos productos, procedimientos y tecnologías en el sector vitivinícola

16/01/2014

Los planes de apoyo al sector del vino incluyen ayudas para “inversiones” . Hasta el momento no se ha publicado Orden BOA (Boletín oficial de Aragón), pero la solicitud de dichas ayudas finaliza el 31 de este mes de enero. Se aconseja, por el poco tiempo disponible que habrá desde la publibicación de la Orden BOA hasta la finalización de presentación de solicitudes (31 de enero), la preparaciónde la documentación que acompaña a las solicitudes: Memorias, proyectos, etc…

 

La documentación ha añadir en la solicitud es muy similar a la que se presentaba para las ayudas de “valor añadido” (Proyecto, varios presupuestos en función del importe, licencia…), pero la tramitación y los fondos es diferente.

En el archivo adjunto se detallan las medidas subvencionables y no subvencionables por esta vía.

Estas inversiones están destinadas a mejorar las condiciones de producción, comercialización, o ambas y al desarrollo de nuevos productos, procedimientos y tecnologías, relacionados exclusivamente con los productos que se describen en el anexo XI ter del Reglamento (CE) nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, y que se hayan producido en territorio español.

Las siguientes premisas han de tenerse en cuenta a la hora de solicitar dichas ayudas:

- Comercialización: cualquier operación realizada en los países de la UE, incluida España, en puntos de venta directa en la bodega, incluyendo salas de exposición y degustación, pero separados de las instalaciones de elaboración.

- Cuando se trate de beneficiarios cuya actividad sea únicamente la comercialización al menos, un 80 por ciento de su facturación del último ejercicio cerrado deberá proceder de la comercialización de los productos del anexo XI ter del Reglamento nº 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007.

Además:

- La empresa deberá demostrar viabilidad económica.

- Deberán acreditar la durabilidad de las operaciones relativas a las inversiones durante los cinco años siguientes desde la fecha de aceptación de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

 

SOLICITUD:

- Los interesados que reúnan las condiciones exigidas presentarán su solicitud acompañada, de un proyecto de inversión y la documentación correspondiente, antes del 1 de febrero de cada año, y por primera vez antes del 1 de febrero de 2014 (31 de enero último día).

- Las comunidades autónomas examinarán las solicitudes presentadas y de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el anexo XVII, elaborarán una lista provisional con los proyectos de inversión seleccionados priorizados, y la remitirán al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente antes del 1 de mayo.

La exigencia principal será alcanzar el objetivo final del proyecto de inversión, con un cumplimiento de al menos el 70 por cien del presupuesto total aprobado.

- La aceptación deberá acompañarse de una garantía de buena ejecución por un importe del 15 por cien del montante de la financiación comunitaria, con el fin de asegurar la correcta ejecución del proyecto.

- Todos los pagos que realice el beneficiario deben realizarse a través de una cuenta única dedicada en exclusiva a este fin.

- No se financiarán con los fondos del Programa Nacional de Apoyo, las medidas que están recogidas en los programas de Desarrollo Rural al amparo del Reglamento (CE) nº 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural, y las operaciones de información y de promoción de productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países recogidas en el apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) nº 3/2008, del Consejo, de 17 de diciembre de 2007.

 

Estos proyectos se evalúan a nivel nacional y se subvencionan en función de la valoración que se adjunta a continuación:

-          CRITERIOS DE VALORACIÓN

-          Puntuación

-          máxima

-          1. Características del solicitante:

-           

-          1.1 Pequeña y mediana empresa

-          5 puntos

-          1.2 Mujer o joven agricultor

-          2 puntos

-          1.3 SAT o Cooperativa menor de 150 socios

-          3 puntos

-          1.4 Cooperativa mayor de 150 socios

-          4 puntos

-          1.5 Cooperativa de 1.er grado mayor 250 socios y resultante de un proceso de fusión en los dos últimos años anteriores a la solicitud

-          5 puntos

-          1.6 Cooperativa acogida a la Orden APA/180/2008, de 22 de enero

-          6 puntos

-          1. Subtotal

-          25 puntos

-          2. Calidad y eficacia del proyecto:

-           

-          2.1 Al menos el 50% del coste de la inversión se realiza con fondos propios

-          5 puntos

-          2.2 El solicitante pertenece a una DOP/IGP u otra figura de calidad reconocida

-          5 puntos

-          2.3 Proyecto de la inversión destinada a la transformación y comercialización de la producción propia del solicitante

-          10 puntos

-          2.4 Creación de empleo neto respecto a la media de los 3 años anteriores

-          5 puntos

-          2.5 Nivel de capacitación y profesionalización (incorporación de enólogo o técnico equivalente)

-          2 puntos

-          2.6 El solicitante dispone de certificación de aseguramiento de la calidad (BRC; IFS, ISO 9000) o medioambiental

-          3 puntos

-          2. Subtotal

-          30 puntos

-          3. Características del proyecto:

-           

-          3.1 El transformador mantiene vinculo contractual con los vitivinicultores

-          5 puntos

-          3.2 La inversión se realiza en territorio insular

-          3 puntos

-          3.3 Implantación internacional y experiencia exportadora

-          5 puntos

-          3.4 Estructura y capacidad técnica propia para la ejecución del proyecto

-          5 puntos

-          3.5 La inversión supone el traslado de las instalaciones de zona urbana a industrial

-          7 puntos

-          3. Subtotal

-          25 puntos

-          4. Capacidad de respuesta comercial:

-           

-          4.1 Disponibilidad de distribución en el mercado de destino

-          5 puntos

-          4.2 Alcanzar al menos el 10 por ciento de exportación sobre el total de facturación de ventas durante el periodo de durabilidad de la inversión

-          5 puntos

-          4.3 Incrementar al menos un 10 por ciento del volumen de ventas en producto embotellado/envasado durante el periodo de durabilidad de la inversión

-          10 puntos

-          4. Subtotal

-          20 puntos

-          Total

-          100 puntos

-          5. Índices correctores (se aplican sobre el total):

-           

-          5.1 Si el proyecto incluye producción, transformación y comercialización

-          Total × 1,10

-          5.2 si el proyecto tiene por objetivo la comercialización internacional

-          Total × 1,20

 

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