El MAPAMA convoca unas becas de formación práctica en materia de seguros agrarios para graduados universitarios

08/02/2017
Imagen obtenida de www.agro-alimentarias.coop
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Las becas se desarrollarán dentro de un programa de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional en materia de seguros agrarios para graduados universitarios o titulaciones equivalentes. La cuantía por beneficiario será de 1.100 euros mensuales y tendrán una duración hasta el 31 de diciembre de 2017, pudiendo ser prorrogadas dos años más. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de ENESA, ha convocado becas de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional en materia de seguros agrarios para graduados universitarios o titulaciones equivalentes, tal y como recoge la Orden ministerial publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado. Descargar Orden APM/88/2017 Las becas se desarrollarán dentro de un programa que podrá incluir las siguientes áreas: a) Apoyo técnico en la elaboración de los Planes de Seguros Agrarios Combinados y el control de su desarrollo y aplicación. b) Elaboración de estudios e informes de ámbito general o específico relacionados con el seguro agrario. c) Apoyo en la realización de estudios sobre riesgos en las producciones agrarias, medios de prevención y viabilidad de la cobertura de los mismos por el seguro agrario. d) Análisis de las condiciones especiales, bases técnicas y tarifas propuestas para las diferentes líneas de seguro agrario. La cuantía por beneficiario será de 1.100 euros mensuales, a la que se aplicarán los descuentos y las retenciones legales vigentes en cada momento, y será abonada a los beneficiarios con periodicidad mensual. Las becas tendrán una duración hasta el 31 de diciembre de 2017, pudiendo ser prorrogadas anualmente hasta un máximo de dos años. Las solicitudes de las becas se dirigirán al Presidente de ENESA y se presentarán en el Registro General de la entidad, avenida Gran Vía de San Francisco, 4-6, 2.ª planta, 28005 Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se admitirá la presentación por vía electrónica de las solicitudes. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo de instancia establecido en la correspondiente convocatoria.
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